
El 5 de febrero de cada año, los trabajadores de entidades civiles y deportivas (UTEDyC), en recordatorio de la fecha que se otorga la personería gremial en el año 1956- al sindicato- festejan su día, con los alcances de todos los feriados nacionales, no laborables y pagos.
En el convenio colectivo de trabajo se establece que “aquellos empleados que sus instituciones no puedan cerrar sus instalaciones, deberán percibir el día al 100% de horas extras y tendrán un franco compensatorio en la semana o semanas subsiguientes”.
El “Día” de los empleados de la UTEDyC estaba contemplado en el Convenio Colectivo de Trabajo 160/75 hasta el año 2006; sin embargo, cuando se firmaron 14 nuevos convenios para regir la actividad, todos ellos incorporan el 5 de febrero como “Día del Trabajador de UTEDyC”.