Hoy se festeja en todo el país el “Día del Empleado de Comercio”, esta fecha se establece a partir de la sanción de la Ley 11729 del Código de Comercio (donde se modificaron los art. 154 al 160), un 26 de setiembre de 1934, donde se reguló el régimen de indemnizaciones por despido, vacaciones anuales pagas, aguinaldo y accidentes de trabajo.
El 11 de noviembre del 2009 el Poder Ejecutivo Nacional sancionó la Ley 26541, cuyo artículo Nº 1 determina que “el día 26 de cada año será conmemorado el Día del Empleado de Comercio por lo que los mismos durante ese día no prestaran labores, y ese feriado se asimilara en cuanto a los efectos legales a cualquier feriado nacional”.
Al respecto los dirigentes del gremio mercantil mantienen una posición muy firme -los comercios deben mantener sus puertas cerradas- frente al feriado por el “Dia del Empleado de Comercio” establecido en la Ley 26541.
Dirigentes de la Asociación de Empleados de Comercio (AEC) filial Cipolletti afirmaron que “antes de la sanción de la Ley, el 26 de setiembre era día un día no laborable, por lo cual quedaba a opción del empleador que los trabajadores de comercio prestaran o no servicio ese día, y en caso de trabajar se debía cobrar como un día feriado. A partir de esta nueva ley, ya no existe tal opción, por tener el carácter de un día feriado nacional. Esto hace que la organización gremial sostenga con firmeza que “este 26 de setiembre no se trabaja en la actividad mercantil”.