El 12 de agosto festejan su día los trabajadores nucleados en el Sindicato Argentino de Televisión, Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos (SATSAID). Tiene alcance a empleados administrativos, técnicos, operadores, producción, creativos, maestranzas de canales de aire, cable y productoras.
Esta fecha tiene el alcance de todos los feriados, no laborables y pagos, y en el caso de aquellos que trabajan, tendrán franco compensatorios y se les abonará el día al 100%. En el caso de los canales abiertos (CCT 131/75) se contempla “El Día del trabajador de Televisión” en el Art.7, mientras que en los canales de circuito cerrado, el Art. 60 del CCT 223/75 expresa que “al margen de los feriados nacionales serán considerados “días no laborables pagos”, el primero de enero, 6 de enero, lunes de carnaval, viernes santo, 1º de julio, 12 de agosto, 1º de noviembre, las festividades propias de cada lugar o provincia en las que se acuerden por decreto nacional o provincial. Aquel personal que comience su jornada de trabajo en vísperas de feriados nacionales o días no laborales y finalice la misma en dichos feriados, percibirá las horas con el 100% de recargo”.