El día 7 de septiembre se conmemora el día del trabajador metalúrgico. La iniciativa surgió en homenaje a Fray Luis Beltrán, quién nació en Mendoza un 7 de septiembre de 1784.
El Convenio Colectivo (CCT) 260/75 fija en el capítulo VIII en su Art. 41 que “en conmemoración del Día del trabajador metalúrgico el 7 de setiembre de cada año no se cumplirán tareas en los establecimientos de la industria. Por lo tanto, a los trabajadores mensualizados no se les efectuará descuento alguno por tal causa y únicamente a los remunerados por día o por hora, que reúnan las exigencias que establezca la legislación vigente para el pago de obligatorios, se les liquidará el jornal respectivo, aún cuando la conmemoración coincida con un domingo”.
El Art. 41, además agrega que “los trabajadores que por necesidades o modalidades de la producción deban prestar servicio el día 7 de septiembre, además de la retribución que le corresponda por la prestación de servicio cumplida, cobraran el importe equivalente a una jornada normal de trabajo en pago del Día del Trabajador Metalúrgico . El obrero que en esa fecha se encuentre enfermo o accidentado y no perciba remuneración por esa causa, tendrá derecho al beneficio”.
El referente de la UOM filial Río Negro, Gustavo Peralta indicó que “es principalmente un día de festejo” y añadió que “este año para la filial de Río Negro será un año de concreciones; vamos a tener nuestro propio centro recreativo”, aseguró el dirigente.